La Corte frenó el DNU de Milei sobre tierras: vuelven los límites a la compra extranjera y la tensión con el Ejecutivo escala
La Suprema Corte suspendió el artículo del DNU 70/2023 que derogaba la Ley de Tierras Rurales y restableció las restricciones a la adquisición de campos por…
Por Julián Brus · Cofundador y editor de Negocios y Economía3 min de lectura
Tres variantes de titular
Variante 1 (RECOMENDADA — gancho: riesgo/conflicto): La Corte frenó el DNU de Milei sobre tierras: vuelven los límites a la compra extranjera y la tensión con el Ejecutivo escala
Variante 2 (gancho: consecuencia/oportunidad): El fallo que revirtió la apertura de tierras a extranjeros: qué cambia para inversores y para el campo argentino
Variante 3 (gancho: futuro/curiosidad): Lorenzetti en el centro del tablero: la Corte repuso la Ley de Tierras y mandó una señal que el Gobierno no esperaba
La restricción que el Gobierno intentó eliminar vuelve a estar vigente. La Corte Suprema suspendió el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737 de Tierras Rurales, y restableció provisoriamente los límites a la compra de campos por parte de extranjeros.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El único voto en disidencia fue el del juez Carlos Rosenkrantz.
El argumento que definió el caso
Lorenzetti explicó que la decisión se apoyó en tres ejes: los hechos concretos del expediente, la cuestión ambiental y la protección de recursos naturales, y el riesgo de debilitamiento de la participación social en el Estado democrático.
El tribunal actuó a partir de la presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie, aunque sus planteos no habían sido tratados con anterioridad. Según Lorenzetti, el artículo 32 de la Ley General del Ambiente habilita a los jueces a tomar medidas de protección incluso sin petición expresa de parte, lo que sustentó la medida cautelar interina.
"La Corte siempre defendió la protección de los recursos naturales y lo seguirá haciendo", afirmó el magistrado en declaraciones a A24.
Lo que el fallo repone y lo que deja abierto
La suspensión restablece, de forma provisoria, las restricciones que regulan la adquisición de tierras rurales por extranjeros que la Ley 26.737 imponía antes del decreto. El Gobierno, que buscó eliminar esa regulación dentro del paquete de reformas del DNU 70/2023, enfrenta ahora un revés judicial con potencial de escalar.
Lorenzetti reconoció que la postura disidente de Rosenkrantz es legítima y destacó que en la Corte coexisten miradas distintas. También llamó la atención sobre un dato revelador: la escasa cantidad de presentaciones judiciales que generó el caso pese a su enorme repercusión pública.
"La sociedad necesita debatir y no chocar", dijo el juez, defendiendo el uso de amparos, medidas cautelares y la discusión parlamentaria como canales institucionales.
Puntos clave
- La Corte suspendió el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737).
- Vuelven a regir los límites a la compra de campos argentinos por parte de extranjeros.
- El fallo fue firmado por Rosatti, Lorenzetti y dos conjueces; Rosenkrantz votó en disidencia.
- La base legal fue el artículo 32 de la Ley General del Ambiente, que permite actuar sin petición expresa de parte.
- El caso lo impulsó la Asociación Civil Árbol de Pie.
- La medida es cautelar e interina: el fondo de la cuestión sigue sin resolución definitiva.






